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Consejo Federal de Gobierno (CFG) en Venezuela: Entre el Federalismo Cooperativo y la Centralización Presidencialista
Introducción
El Consejo Federal de Gobierno (CFG) fue concebido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) como un órgano de coordinación interterritorial destinado a promover la descentralización y el desarrollo regional equilibrado. Sin embargo, su diseño institucional y evolución normativa han generado tensiones entre su propósito federal-cooperativo y su funcionamiento real, marcado por una fuerte centralización en la figura presidencial. Este ensayo analiza el CFG desde su creación hasta su implementación, evaluando sus competencias, estructura, financiamiento y sus implicaciones para el modelo de Estado federal descentralizado.
1. Marco Conceptual y Antecedentes
1.1. Federalismo Cooperativo vs. Federalismo Dual
Federalismo dual: Modelo tradicional donde los niveles de gobierno (nacional y subnacional) actúan en esferas separadas de soberanía.
Federalismo cooperativo: Modelo promovido por la CRBV, basado en la coordinación, planificación conjunta y corresponsabilidad entre niveles de gobierno.
1.2. Creación del CFG
Establecido en el Artículo 185 de la CRBV como órgano rector de la descentralización.
Objetivos iniciales:
Planificación y coordinación intergubernamental.
Administración del Fondo de Compensación Interterritorial (FCI).
Promoción del desarrollo equilibrado de las regiones.
2. Estructura y Composición del CFG
2.1. Plenaria del CFG
Integración:
Vicepresidente Ejecutivo (presidente).
Ministros.
Gobernadores.
Alcaldes (uno por estado).
Representantes de la sociedad organizada (consejos comunales, movimientos sociales).
2.2. Secretaría del CFG
Órgano ejecutivo y administrativo.
Composición equilibrada: 3 representantes del nivel nacional, 3 de los estados y 3 de los municipios.
Funciones clave: Ejecución de planes, administración del FCI, elaboración de presupuestos.
Esquema de Integración del CFG:
CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO (CFG)
├── PLENARIA (Órgano máximo)
│ ├── Ejecutivo Nacional (Vicepresidente, Ministros)
│ ├── Estados (Gobernadores, Alcaldes)
│ └── Sociedad Organizada (20 voceros)
└── SECRETARÍA (Órgano ejecutivo)
├── 3 representantes nacionales
├── 3 representantes estadales
└── 3 representantes municipales3. Competencias y Funciones
3.1. Competencias Constitucionales vs. Legales
| Competencia | CRBV (Art. 185) | Ley Orgánica del CFG (LOCFG, 2010) |
|---|---|---|
| Planificación descentralizada | Coordinación horizontal | Lineamientos vinculantes para estados y municipios |
| Transferencia de competencias | Del Poder Nacional a estados y municipios | Hacia organizaciones de base del Poder Popular |
| Rol consultivo | Implícito | Explícito, pero subordinado al Ejecutivo Nacional |
3.2. Tensiones Detectadas
Centralización presidencial: La Plenaria solo puede sesionar con autorización del Presidente, quien recibe sus propuestas para decidir.
Vulneración de autonomías: Los lineamientos del CFG son vinculantes, lo que puede limitar la autonomía de estados y municipios.
Priorización del “Poder Popular”: La LOCFG amplía el alcance del CFG para transferir competencias directamente a organizaciones sociales, pasando por encima de las entidades territoriales.
4. Reorganización Territorial y Distritos Motores de Desarrollo
4.1. Innovación Territorial
Creación de Distritos Motores de Desarrollo como unidades subregionales de planificación.
Autoridad Única Distrital: Designada por el Presidente, con competencias directas sobre proyectos territoriales.
4.2. Impacto en la Gobernanza Multinivel
Positivo: Permite una gestión territorial más ágil y focalizada.
Negativo: Debilita a estados y municipios al crear una estructura paralela dependiente del nivel central.
Esquema de Reorganización Territorial:
TERRITORIO NACIONAL
├── Estados, Municipios, Dependencias Federales (Constitución)
└── Distritos Motores de Desarrollo (LOCFG)
└── Autoridad Única Distrital (designada por el Presidente)
├── Vinculación directa con organizaciones populares
└── Recursos del FCI, en competencia con estados/municipios5. Administración del Fondo de Compensación Interterritorial (FCI)
Administrado por la Secretaría del CFG.
Objetivo: Financiar inversiones públicas en regiones menos desarrolladas.
Crítica: La distribución de recursos depende de decisiones centralizadas, no de mecanismos automáticos o criterios técnicos independientes.
6. Análisis Crítico: Federalismo Cooperativo o Centralismo Disfrazado?
6.1. Logros Teóricos
El CFG representa un avance conceptual hacia un federalismo cooperativo.
Incorpora actores subnacionales y sociales en la planificación del desarrollo.
6.2. Limitaciones Prácticas
Subordinación al Ejecutivo Nacional:
La Plenaria requiere autorización presidencial para sesionar.
Las decisiones finales recaen en el Presidente.
Debilitamiento de Estados y Municipios:
Los Distritos Motores y las “autoridades únicas” operan en paralelo.
Transferencia de competencias hacia organizaciones populares, marginando a las entidades territoriales.
Sesgo Ideológico:
La LOCFG y normativas asociadas introducen un discurso político-ideologizado (“transición al socialismo”), que puede distorsionar la gestión técnica del desarrollo territorial.
6.3. Comparativa: CFG vs. Modelo Federal Cooperativo Ideal
| Aspecto | CFG (Realidad) | Federalismo Cooperativo (Ideal) |
|---|---|---|
| Toma de decisiones | Centralizada en el Presidente | Descentralizada y consensuada |
| Autonomía subnacional | Limitada por lineamientos vinculantes | Respetada y fortalecida |
| Participación social | Canalizada a través de organizaciones oficiales | Plural e independiente del nivel central |
| Financiamiento regional | Dependiente del FCI y decisiones centrales | Basado en criterios técnicos y automatismos |
7. Conclusiones
El Consejo Federal de Gobierno surgió como una promesa de coordinación intergubernamental y desarrollo regional equilibrado, bajo el paradigma del federalismo cooperativo. Sin embargo, su implementación ha estado marcada por una centralización creciente y una subordinación al poder presidencial, lo que limita su potencial como instancia de gobernanza multinivel autónoma.
Si bien el CFG incorpora mecanismos innovadores como los Distritos Motores de Desarrollo y la participación de organizaciones sociales, estos han sido utilizados para fortalecer el control central más que para empoderar a las regiones. Para que el CFG cumpla su propósito original, se requeriría una reforma que:
Refuerce la autonomía de estados y municipios.
Despolitice la gestión del desarrollo territorial.
Establezca mecanismos transparentes y técnicos para la distribución de recursos.
8. Referencias Documentales
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).
Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno (2010).
Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Planificación Pública y Popular (2014).
Gacetas Oficiales de la República Bolivariana de Venezuela.
Doctrina citada: Tablante, Combellas, Grau, González, Matheus.
(*) Este ensayo fue elaborado a partir del libro "Consejo Federal de Gobierno. Planificación y Financiamiento de la Descentralización" (2017).


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